martes, 22 de diciembre de 2015

Claves para entender el conflicto en el Caribe Norte

www.laprensa.com.ni
17/09/15

El conflicto, que ha cobrado 30 vidas desde 2008 -15 de esas ocurridas en lo que va del 2015-, lleva más de 25 años sin ser resuelto en su etapa más moderna, y más de 155 desde que se anexó la Costa Mosquitia a Nicaragua

La Costa Atlántica o Costa Caribe de Nicaragua es el asiento histórico de tres pueblos indígenas y de dos grupos afrodescendientes: miskitos, mayagnas, ramas, garífunas y creoles.

Durante siglos, todas estas etnias han convivido bajo diferentes formas de organización social y de uso y tenencia de sus tierras en el mismo territorio donde hoy se libran violentas batallas entre los indígenas y mestizos que, según el criterio de los locales, tratan de colonizar los territorios ancestrales para explotar sus recursos.Por eso les llaman “colonos” a los mestizos provenientes del interior de Nicaragua que se han asentado en las tierras indígenas.

¿Cuál es el foco geográfico del conflicto?
El municipio de Waspam, ubicado en la frontera con Honduras, es una zona de escasa presencia del Estado y mucha pobreza. En el Mapa de la Pobreza Extrema de Nicaragua, elaborado por el Gobierno de Nicaragua en 2005, ocupaba el segundo lugar en pobreza, entre los 152 municipios que existían entonces, con 80 % de su población en pobreza extrema.

Actualmente se desconocen las cifras sobre su nivel de pobreza, pero según el alcalde Alex Fernández, el 70 % de la población sigue viviendo en pobreza y pobreza extrema. Este municipio constituye uno de los más grandes de Nicaragua con una extensión territorial de 8,133 kilómetros cuadrados, representa el 25.29 % de la extensión de la RACCN (Región Autónoma de la Costa Caribe Norte), con una población de 70,949 habitantes, donde el 92.3 % vive en la zona rural y el 7.70 % correspondiente en el casco urbano.
El municipio se encuentra ubicado aproximadamente a 145 kilómetros de la ciudad de Puerto Cabezas, cabecera de la RACCN y a 632 kilómetros de Managua.

¿Por qué Waspam es el foco geográfico del conflicto?

Romel Constantino Washington, ahora herido gravemente por tropas del Ejército de Nicaragua y la Policía Nacional, había explicado a LA PRENSA a inicios de septiembre de 2015, que los comunitarios de la zona de Río Coco Arriba, cercanos a Waspam, decidieron armarse con fusiles y organizarse en varios grupos, para expulsar a los colonos que han avanzado desde el centro del país hasta los territorios cercanos al río Coco.

Es decir, han colonizado una distancia de más de 100 kilómetros desde la zona del Triángulo Minero (Rosita, Siuna y Bonanza) en dirección a la frontera norte.
“Por eso, más que expulsarlos, estamos organizando una defensa para que no sigan avanzando, porque a como van, si no los detenemos van a llegar a Honduras. Es una invasión que viene arrasando nuestras comunidades y nuestros bosques y ríos”, dijo Constantino.

El término “invasión” lo mencionó directamente el presidente inconstitucional Daniel Ortega, la noche del 9 de septiembre, durante el acto del 36 Aniversario de la Policía Nacional, al referirse a la crisis en la zona del Caribe: “Es una verdadera invasión lo que ahí está ocurriendo”.

¿Quiénes son los colonos?
Según el diputado y presidente de la Comisión de Pueblos Originarios, Afrodescendientes y Regímenes Autonómicos en la Asamblea Nacional, Brooklyn Rivera Bryan, el 100 % de los colonos son mestizos provenientes del pacífico, norte y centro de Nicaragua, entre los cuales destacan desmovilizados de la Resistencia Nacional y del Ejército de Nicaragua, empresarios y traficantes de la madera, fuertes ganaderos y en menor medida comerciantes informales, mineros artesanales, pequeños agricultores y clandestinamente traficantes de drogas.

¿Por qué hay armas de guerra y balaceras constantes?
El mayor en retiro del Ejército de Nicaragua, Roberto Samcam, dice que la zona de las Minas y Waspam, fue un importante escenario de guerra entre 1970 y 1980, durante las guerras contra la dictadura de Somoza y luego contra la dictadura sandinista de la década de 1980. Según Samcam, los indígenas de la zona se alzaron en armas y tienen experiencia militar de más de diez años contra los sandinistas, pero igual los exmiembros de la Resistencia y del Ejército tienen conocimientos de armas y estrategias militares “y es posible que muchas de las armas que ahora portan sean remanentes de guerra, ahí se crearon muchos buzones de armas al final de la guerra de 1990”.

Además, dice Samcam, la presencia de grupos del crimen organizado desde Colombia y sus bases en Honduras y Nicaragua, han importado nuevas armas como las AR15, UZI y M16 que ahora se ven en manos de los indígenas y colonos, además de modernos medios de comunicación tecnológica como teléfonos satelitales, infrarrojos, equipos GPS, radio comunicadores de largo alcance y pertrechos y uniformes de guerra.

¿Por qué Yatama asume la defensa de los indígenas en armas?
Según un extenso análisis de la revista Envío, de la Universidad Centroamericana (UCA), edición 321, el reclamo indígena y su posterior reacción armada viene desde finales de 1970, cuando surgió la organización de cooperativas agrícolas en el Río Coco.

“Son los antecedentes de las primeras organizaciones indígenas: la Alianza para el Progreso de los Pueblos Miskitus y Sumu, (ALPROMISU) y en las comunidades Sumu-Mayangna el proyecto Limón, más tarde conocido como la organización SUKAWALA”, dice el documento.

Según la revista, con el triunfo de la revolución sandinista, ALPROMISU, transformada luego en la organización Miskitu, Sumu, Rama Sandinista Aslatakanka (MISURASATA) en la histórica V Asamblea general de noviembre de 1979, lideró la movilización indígena por el reconocimiento de los derechos territoriales, culturales y sociales.

“También fue reprimida violentamente y dio paso a un conflicto bélico liderado en el sur por MISURASATA y en el norte por una fracción, que asumió el nombre de MISURA”.

¿Qué fue la Navidad Roja?
El antecedente más álgido de esta historia de conflicto entre el Estado de Nicaragua y los indígenas es el caso conocido como “Navidad Roja”, ocurrido entre diciembre de 1981 y enero de 1982.

Osorno Coleman, exdirigente militar miskito, dijo a LA PRENSA que aquella fue una operación de desplazamiento forzado, realizada por el Ejército Sandinista contra la comunidad indígena, para quitar bases de asistencia logística a la Contra, asentada en territorio hondureño.

“Fue una masacre, bombardearon las comunidades y fusilaron a la gente que huía hacia el río Coco, hacia Honduras, quemaron las villas y mataron a todos los animales domésticos. Eso ocurrió ahí mismo, en Waspam, donde ahora vuelven a invadir los militares”, acusó Coleman, dirigente miskito opositor al gobierno de Daniel Ortega.

¿Por qué los indígenas exigen el cumplimiento de la ley 445?
Ley 445 o Ley de Régimen de Propiedad Comunal de los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas de las Regiones Autónomas de la Costa Caribe de Nicaragua y de los Ríos Bocay, Coco, Indio y Maíz, fue publicada en La Gaceta, Diario Oficial No.16, el 23 de Enero del 2003.

Su base legal es “garantizar a los pueblos indígenas y comunidades étnicas el pleno reconocimiento de los derechos de propiedad comunal y territorial, uso, administración, manejo de las tierras tradicionales y sus recursos naturales, mediante la demarcación, titulación y saneamiento de las mismas”.

Su objetivo principal es “alcanzar la seguridad jurídica de las tierras y el reconocimiento de los derechos ancestrales e históricos de las comunidades étnicas y pueblos indígenas asentadas en las Regiones Autónomas de la Costa Caribe de Nicaragua y de los ríos Coco, Bocay, Indio y Maíz. Regular el régimen de propiedad comunal de las tierras de las comunidades indígenas y étnicas de la Costa Caribe y de las cuencas de los ríos Coco, Bocay, Indio y Maíz”.

Este es un viejo compromiso del Estado de Nicaragua para con las comunidades indígenas que data de hace más de un siglo: “Que es compromiso ineludible del Estado de Nicaragua responder a la demanda de titulación de las tierras y territorios de los pueblos indígenas y comunidades étnicas de la antigua Mosquitia de Nicaragua, derecho consignado en los Tratados Internacionales celebrados entre Inglaterra y Nicaragua, tales como el Tratado de Managua de 1860 y el Tratado de Harrison-Altamirano de 1905. Este derecho a la tierra es reconocido en la Constitución Política de Nicaragua de 1987 y en el Estatuto de Autonomía de las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica”.

¿Quiénes son los indígenas del conflicto?
Del total de la población de las dos regiones autónomas 473,109 personas, el 72.54 % de la población es mestiza, el 18.04 % es miskita, el 6.22 % es creole o negra, un 2.45 % es mayangna, el 0.43 % es garífuna y el 0.32 % es población rama, según datos oficiales del Instituto Nacional de Información de Desarrollo (INIDE).

Es decir, la población miskita representa a 87,052 personas.

La comunidad étnica miskita es la que actualmente encabeza la protesta contra los colonos. Los miskitos se asientan en unas 250 comunidades a lo largo del Río Coco o Wanki, en el municipio de Waspam; en los litorales costeros de ambas regiones y en los llanos del municipio de Puerto Cabezas. Según el Centro para la Autonomía y Desarrollo de los Pueblos Indígenas, CADPI, los miskitos son una población de gran movilidad intra-regional, pero con un gran sentido de arraigo y pertenencia a sus comunidades originarias, hacia las cuales retornan luego de largos periodos de empleos temporales.

¿Qué hay en el territorio en disputa?
Si bien el municipio de Waspam es uno de los más pobres del país, la zona geográfica donde se asientan las comunidades indígenas es rica en bosques y recursos naturales, lo que ha atraído el interés de empresas canadienses para la exploración y explotación de oro.

Según el alcalde de Waspam, Alex Fernández, la zona es hostigada por colonos hondureños posiblemente vinculados con el narcotráfico, lo cual sumado a la poca presencia del Estado, hacen de la zona un lugar apetecido por el crimen organizado para establecer un corredor del narcotráfico.

Fernández puso de ejemplo que entre 28 y 30 policías están asignados para ese municipio, el más grande de Nicaragua con más de 75 mil habitantes y una extensión territorial de 8,133 kilómetros cuadrados, con un río como frontera, con comunidades en constante riesgo de inseguridad alimentaria y al que el Gobierno le ha dado un tratamiento diferente que él calificó de “abismal” en comparación a la atención prestada al fronterizo departamento de Río San Juan.

¿Qué establece esta ley en beneficio de los indígenas?

La Ley 445 establece que la “Tierra Comunal es el área geográfica en posesión de una comunidad indígena o étnica, ya sea bajo título real de dominio o sin él.
Comprende las tierras habitadas por la comunidad y aquellas que constituyen el ámbito tradicional de sus actividades sociales, económicas, culturales, lugares sagrados, áreas boscosas para reproducción y multiplicación de flora y fauna, construcción de embarcaciones, así como actividades de subsistencia, incluyendo la caza, pesca y agricultura. Las tierras comunales no se pueden gravar y son inembargables, inalienables e imprescriptibles.

¿Establece esta ley beneficios a los colonos establecidos en territorios indígenas?

Si. La ley 445 califica a los colonos como “terceros”: Un tercero puede ser mestizo o no, lo que lo hace un tercero, es su pretensión de ser dueño, de manera individual, de la propiedad comunal.

La Ley 445 los define textualmente así: “Personas naturales o jurídicas, distintas de las comunidades, que aleguen derechos de propiedad dentro de una tierra comunal o un territorio indígena”.

El artículo 36 de la Ley 445 limita los derechos de los terceros sobre territorios indígenas: “El tercero que posea título agrario en tierras indígenas y que ha ocupado y poseído la tierra protegida por este título, tiene pleno derecho de continuarla poseyendo. En caso que pretenda enajenar la propiedad, deberá vender las mejoras a la comunidad”.

¿Entonces dónde está el conflicto si la ley otorga beneficios a colonos e indígenas?
Gonzalo Carrión, director jurídico del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos, explicó a LA PRENSA que la crisis se deriva de la falta de interés del Gobierno y del Estado en sanear las propiedades indígenas, en su falta de capacidad logística para titular y delimitar los territorios indígenas, en su falta de voluntad y pericia para frenar la falsificación de documentos para la compra-venta de tierras comunales y en su “sospechosa protección a grupos y empresas de poder que se encargan de promover las invasiones de tierra para luego comprar la madera de los bosques y dedicar los territorios al negocio de la ganadería, porque detrás de estos giros comerciales hay gente poderosa”.

Según Carrión, en el proceso de titulación y demarcación no existen normas de transparencia ni de divulgación que permitan o garanticen una fiscalización del proyecto, lo cual contribuye al clima de desconfianza entre los indígenas sobre lo que el Estado y Gobierno está haciendo al respecto.


¿Qué tanto han avanzado los colonos en los territorios indígenas?
Alisio Genaro, dirigente mayagna, dijo a LA PRENSA en 2013, que en 1987 la zona núcleo de la actual Reserva de la Biosfera de Bosawas tenía una extensión de un millón 170,210 hectáreas de bosques vírgenes y una población estimada en menos de 7,000 indígenas.

En 1997, cuando fue declarada Patrimonio de la Humanidad y Reserva de la Biosfera por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco), la reserva contaba con más de dos millones de hectáreas de especies forestales y bosques tropicales húmedos, tanto en su zona de amortiguamiento como en la zona núcleo.

Para 2010, con un pueblo de aproximadamente 25,000 personas en la zona, la mayoría colonos, el bosque se había reducido hasta 832,237 hectáreas, según cifras de Genaro.

La presencia de campesinos mestizos en sus dominios, se calculaba en 5,000 colonos en 1990 y se había disparado a más de 40,000 en 2013. “Están quemando todo para sembrar, botan bosques para meter vacas, arrasan los grandes árboles para vender la madera, disparan a los animales y secan los ríos para hacer caminos”, denunció Genaro a LA PRENSA.

¿Quién debería responder por este conflicto?
El gobierno de Nicaragua. Según la Ley 445, en su artículo 41, la citada normativa ordena crear la Comisión Nacional de Demarcación y Titulación (CONADETI), integrada por los dos Presidentes de los Consejos Regionales Autónomos que alternadamente la presiden; el Director de la Oficina de Titulación Rural; dos representantes de la Cuenca del Bocay; un delegado del Ministerio de Agropecuario y Forestal; el Director del Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales (Ineter); un representante de cada una de las etnias de las Regiones Autónomas; un representante de la Comisión de Asuntos Étnicos y de Comunidades de la Costa Atlántica de la Asamblea Nacional que sea originario de las regiones autónomas de la Costa Atlántica de Nicaragua. Los alcaldes de los municipios comprendidos en el área de demarcación y titulación.
Actualmente, un representante del gobierno de Nicaragua en esta comisión es el procurador general de la República, Hernán Estrada, a quien LA PRENSA solicitó una entrevista formal durante hace dos semanas, sin que respondiera a la solicitud de información.

¿Cuánto se ha avanzado en la titulación y demarcación de los territorios indígenas?

Según el presidente inconstitucional Daniel Ortega, su gobierno comenzó a implementar la Ley 445 desde 2008 y ha avanzado hasta titular 35,000 kilómetros cuadrados.

“¿Y a partir del año 2008 qué fue lo primero que hicimos? Vamos a titular a todas las comunidades. Empezamos a titular, y llegamos a titular más de 35,000 kilómetros cuadrados, ¡todo un país! Una extensión territorial mucho mayor que la de El Salvador… ¡35,000 kilómetros cuadrados titulados!”, dijo Ortega el pasado 9 de septiembre.

Un estudio del 2014 del Centro para la Autonomía y Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CADPI), titulado “Demarcación y Titulación de Territorios Indígenas: la reivindicación de derechos ancestrales”, precisa que el Estado había titulado hasta el 2014 a 21 de los 22 territorios indígenas y afrodescendientes, que están integrados por 289 comunidades que abarcan una extensión territorial de 36,439.97 kilómetros cuadrados donde habitan 190,963 personas.
“El área titulada representa el 28 % del territorio nacional y el 52 % del territorio de la Costa Caribe y la Zona del Régimen Especial del Alto Wangki, Wihta y Bukawas (Alto Coco, Bocay y Raití). De los 21 títulos entregados, 15 han sido inscritos y entregados”.

“Está pendiente la titulación del territorio de matriz Indígena Tasba Pri, ubicado en la RAAN y dos áreas complementarias en la Zona del Régimen Especial del Alto Wangki, Wihta y Bukawas (Alto Coco, Bocay y Raití) en los territorios indígenas Miskitu Indian Tasbaika Kum y Mayangna Sauni Bu. Este proceso se da en medio de un avance acelerado, agresivo y masivo de la colonización de los territorios indígenas por parte de colonos mestizos lo que pone en riesgo la seguridad jurídica de la propiedad colectiva indígena”.

“La quinta etapa del proceso de legalización de los territorios indígenas, el saneamiento, constituye un problema nacional sumamente complejo, marcado por conflictos entre culturas, incumplimiento de los derechos territoriales indígenas, inseguridad jurídica de la propiedad colectiva”, dice el citado estudio.

¿Sabía el Gobierno del conflicto que se avecinaba en 2015 en la zona de Waspam?
Para el diputado Brooklyn Rivera Bryan, el Gobierno sí sabía porque él y otros líderes indígenas lo vienen denunciando desde 2008, cuando inició el proceso de demarcación.

Prueba de tal conocimiento sobre el conflicto se encuentra en el documento soporte que usó el Ministerio de Hacienda y Crédito Público para asignar 13.7 millones de córdobas de presupuesto en 2015 a CONADETI.

Bajo el subtítulo de “alcances esperados para el 2015”, Hacienda señala los objetivos a resolver en este 2015 en curso: “Aprobar diagnósticos de las tres áreas complementarias de igual número de territorios y el diagnóstico del territorio Bluefields Black Creole Government, que serán aprobados por asambleas comunales y territoriales. Resolver los conflictos intercomunales e interterritoriales, deslindados y amojonados, títulos territoriales-comunales entregados y saneados de los 8 territorios de los 22 titulados en las Regiones Autónomas de la Costa Caribe y de los ríos Bocay, Coco, Indio y Maíz. Garantizar la seguridad jurídica de las tierras y territorios de las comunidades de la Costa Caribe de Nicaragua, beneficiarios de la Ley No.445, Ley de Régimen de Propiedad Comunal de los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas de las Regiones Autónomas de la Costa Caribe de Nicaragua y de los ríos Bocay, Coco, Indio y Maíz y de esta manera frenar el avance de la frontera agrícola y la invasión de colonos en tierras indígenas y afrodescendientes. Definir la situación legal de cada una de las familias no indígenas asentadas en tierras indígenas, y superar el conflicto entre indígenas y afro descendientes con los terceros en 8 territorios ya titulados”.

CRONOLOGÍA DEL CONFLICTO

1987: Se aprueba Ley de Autonomía de la Costa Caribe.

1990: Comienza a implementarse la Ley de Autonomía con la elección de los primeros Consejos y Gobiernos Regionales en las recién conformadas Regiones Autónomas Atlántico Norte y Atlántico Sur (RAAN y RAAS), en el territorio que fue La Mosquitia, después la Reserva de la Mosquitia, después el Departamento de Zelaya y después las Zonas Especiales 1 y 2 durante la guerra de los 80.

31 de agosto de 2001: La Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió sentencia en el caso de la Comunidad Awas Tingni versus Nicaragua. La CIDH admitió el caso en razón de que Nicaragua no había demarcado las tierras comunales de la Comunidad Awas Tingni, ni tomado medidas efectivas que aseguraran los derechos de propiedad de la Comunidad en sus tierras ancestrales y recursos naturales, así como por haber otorgado una concesión en las tierras de la Comunidad sin su consentimiento y no haber garantizado un recurso efectivo para responder a las reclamaciones de la Comunidad sobre sus derechos de propiedad. CIDH insta al Estado a delimitar, demarcar y titular las tierras que corresponden a los miembros de la Comunidad Mayangna Awas Tingni.

13 de diciembre de 2002: Asamblea Nacional aprueba la ley 445, Ley del Régimen de Propiedad Comunal de los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas de las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica de Nicaragua y de los Ríos Bocay, Coco, Indio y Maíz.

23 de enero del 2003: Entra en vigencia la citada Ley 445, al ser publicada en La Gaceta, Diario Oficial No.16.

Febrero del 2004: Indígenas de Layasiksa expulsan por la fuerza a 40 familias de colonos asentados en su territorio desde los años 90, provocando varias muertes y heridos, así como la quema de viviendas y arrasamiento de sus cultivos. La violenta reacción obliga al gobierno del presidente Enrique Bolaños (2001-2006) a la implementación de la Ley 445, destinando recursos para su ejecución.

24 de mayo del 2005: En Waspam, el Presidente de la República entregó los primeros cinco títulos de propiedad de los territorios indígenas emitidos por la CONADETI, a Kipla Sait Tasbaika, Mayagna Sauni As, Li Lamni Tasbaika Kum, Mayagna Sauni Bu, y Mískitu Indian Tasbaika Kum, ubicados dentro de la Reserva de la Biosfera de BOSAWAS.

Octubre de 2006: Acuerdo de alianza entre los partidos Yatama y FSLN para implementar la Ley 445.

2008: Se reanuda el funcionamiento de CONADETI para culminar totalmente el proceso de demarcación y titulación en el año 2010. Comienzan los conflictos.
15 de septiembre de 2015: Según el diputado Brooklyn Rivera, desde 2008 a la fecha, 30 indígenas han muerto, más de 45 han resultado heridos, más de 800 familias han sido desplazadas a los cascos urbanos y hacia Honduras y más de 60 casas o ranchos, más una cantidad de cultivos no determinados han sido arrasados por colonos e indígenas en los territorios ancestrales.

(Con la colaboración de Elízabeth Romero y Emiliano Chamorro)

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